Regulaciones más importantes para tener en cuenta en la modalidad de Courier

Regulaciones más importantes para tener en cuenta en la modalidad de Courier

La modalidad de Courier es un servicio que ofrece cualquier empresa especializada en paquetes y permite el envió internacional de cualquier producto, documento o paquete siempre y cuando este dentro de las regulaciones aduaneras legales que rigen este tipo de envíos.

El servicio en cuestión se ha posicionado en diferentes paises de Latinoamérica y el mundo, permitiendo conectar a personas naturales y jurídicas con clientes, familiares, amigos o cualquier persona que este en otro país.

Como en cada uno de los procesos logísticos de comercio exterior el Courier tiene unas regulaciones importantes que se deben cumplir para que el paquete o documento pueda ingresar de manera normal al territorio nacional.

¿Cuáles son esas regulaciones que deben cumplirse ante las autoridades?

  • El paquete no debe de pesar más de 110 libras o 50 Kilogramos.
  • Las medidas de la caja no deben exceder en suma las 60 Pulgadas o su equivalente en centímetros.
  • El contenido de este envío debe de ser: Artículos para el hogar, personales, muestras de todo aquello que no tenga regulaciones y su valor no exceda los USD 2,000.00.
  • El contenido no podrá ser más de 6 unidades de la misma referencia.
  • Cada paquete tiene un seguro incluido de $100.00 por pérdida total. Este seguro no ampara daños o pérdidas parciales.
  • El remitente podrá aumentar el seguro hasta un máximo de USD$ 2,000 y el cargo adicional será de 5% del valor registrado en factura.

Todas las anteriores son las regulaciones mas normales dentro de la modalidad de Courier y aplica para todos los envíos urgentes o de tráfico postal.

¿Qué mercancías no se pueden traer a Colombia en la modalidad Courier?

  • Armas químicas, biológicas y nucleares.
  • Armas de fuego, blancas, y sus partes.
  • Oro, plata, platino, pedrería, alhajas y otros objetos preciosos.
  • Celulares sin el cumplimiento de los requisitos del Decreto 2142 de 2016.
  • Juguetes bélicos
  • Residuos nucleares y desechos tóxicos.
  • Moneda, billetes de banco, papel moneda, valores al portador, cheques de viaje.
  • Publicaciones y objetos obscenos o inmorales que atenten contra la moral y las buenas costumbres.
  • Animales vivos.
  • Estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
  • Materias explosivas, inflamables o peligrosas
  • Alimentos.
  • Refrigerados.
  • Bebidas alcohólicas.
  • Medicinas.
  • Cosméticos.
  • Semillas
  • Productos vegetales.
  • Plantas
  • Materias primas para fabricación de alimentos
  • Prendas de uso militar.
  • Ropa usada.
  • Productos químicos líquidos o peligrosos
  • Equipos médicos y sus partes
  • Aires acondicionados, Calentadores.
  • Baterías que contengan productos. químicos – “Dangerous Good”.
  • Extintores.
  • Radiactivos.
  • Pieles o artículos en pieles.
  • Sangre.
  • Abonos y fertilizantes.
  • Venenos.
  • Productos alucinógenos.
  • Equipos con sus partes de los circuitos de Televisión.
  • Pólvora y explosivos

Las regulaciones anteriormente mencionadas son de total importancia y se deben tener en cuenta al momento de realizar este tipo de operaciones.

La DIAN y el INVIMA actualmente están realizando fuertes controles a cada uno de los paquetes que ingresan a Colombia por Courier, por lo cual es mejor evitar todas las sanciones que se están realizando a cada uno de los productos

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